Protección de datos en centros escolares

LOPD en centros Escolares

Educación impulsa la implantación de la LOPD en centros escolares creando una guía de referencia para los centros escolares.

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria viene de ultimar el Protocolo de aplicación de LOPD en centros escolares, una guía de referencia para los centros escolares a través de la cual se busca dar respuesta a las dudas más frecuentes en esta materia a las que se enfrentan directores y docentes, y que alcanzan principalmente la cuestiones como el tratamiento de imágenes, la gestión de los datos personales en caso de progenitores no unidos por vínculo matrimonial o análogo, la utilización de cámaras de videovigilancia y la cesión de datos.

El documento (que le fue entregado a los miembros del Consejo Gallego de la Convivencia celebrado hace unos días, para que acerquen las aportacións que consideren) aborda un conjunto de pautas concretas y claras dirigidas a toda la comunidad educativa, de manera que se les otorgue una mayor seguridad jurídica a todos los agentes implicados en la gestión y tratamiento de todos los datos personales. Asimismo, se incorporan una serie de anexos con modelos de cláusulas de información y autorización para el tratamiento de datos, que podrán ser utilizados por todos los centros.

Siguiendo los preceptos marcados por la Ley orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, el Protocolo impulsado por la Consellería de Cultura y Educación recuerda que la protección de datos está sujeta al principio de información y de consentimiento. No obstante, establece una diferenciación entre los menores de 14 años (cuya utilización de datos requiere del consentimiento de los padres o tutores) y de los mayores de 14 (que pueden dar directamente su consentimiento). Asimismo, se explicita que, a través del menor, nunca se puede obtener datos personales de sus progenitores o de otros miembros de la unidad familiar y, está expresamente prohibido recaudar del alumbrando datos sobre la situación laboral de sus padres.

Tratamiento imágenes y cámaras de videovigilancia

Dado que la imagen es un dato de carácter personal, que además disfruta de una especial relevancia y protección legislativa, el Protocolo pretende dar respuesta a las dudas más frecuentes en el que alcanza al uso de imágenes en páginas web y blogs de los centros que siempre deberán contar con el consentimiento expreso del afectado si es mayor de 14 años, o de sus progenitores para los menores de 14. Se recuerda que en estos casos el consentimiento no puede ser genérico, sino que habrá que recaudarse para cada fin concreto.

En el caso de los sistemas de videovigilancia, estos deben colocarse siempre respetando los derechos de los usuarios del centro y atendiendo a su finalidad de garantizar la seguridad. Es decir, no se deben instalar cámaras en las aulas, en los aseos, vestuarios o gimnasios, por ejemplo.

Información a los progenitores

Uno de los aspectos que más dudas suscitan es el derecho a la información de los progenitores no unidos por vínculo matrimonial o análogo. Para tal fin, el Protocolo incluye una serie de consideraciones partiendo de que ambos progenitores, a no ser que se encuentren judicialmente privados de la patria potestad, tienen derecho a recibir información sobre el proceso educativo de su hijo o hija. A modo de ejemplo, el centro deberá facilitar a ambos información sobre las calificaciones escolares del alumno en tela de juicio, informe psicopedagógico, calendario escolar, programas de actividades, relación de ausencias no justificadas entre otros.

La mayores, el Protocolo recoge muchas otras especificaciones relativas a los ficheros de carácter personal gestionados por la Consellería, a la comunicación de datos la otras administraciones públicas o instituciones, a datos del personal docente y no docente de los centros, al deber de sigilo y confidencialidad, o a las consideraciones respeto a las AMPAS.

El Protocolo de aplicación de la LOPD en centros escolares (que también contendrá un apartado sobre identidad digital, en el que se está trabajando) se enmarca dentro de la Estrategia Gallega de Convivencia Escolar 2015-2020, y se suma la otros protocolos puesto en marcha por la Consellería de Cultura y Educación como los de Atención Educativa Domiciliaria, de Urgencias Sanitarias, de Acoso y Ciberacoso, de Absentismo Escolar, de TDAH u de TELA. Todos ellos tienen como finalidad de dar apoyo a los centros, a los docentes y a las familias con documentos y guías específicos.

Fuente: www.edu.xunta.es

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